Dos de cada tres personas mayores de 65 años requerirán de alguna forma de cuidados por incapacidad en su vida por un período promedio de 2.5 años.
¿Qué se entiende por incapacidad y cuidados prolongados?
Cuidados Prolongados son los servicios prestados a una persona incapacitada a consecuencia de una enfermedad prolongada o accidente, así como padecimientos causados por desordenes de tipo cognoscitivo (como Enfermedad de Alzheimer).
¿Qué se entiende por dependencia?
Persona dependiente es aquella que por razones ligadas a la falta o pérdida de la capacidad física, psíquica o intelectual requiere de asistencia para la realización de las actividades del diario vivir.
¿Qué es una póliza de incapacidad y cuidados prolongados?
Una póliza de incapacidad y cuidados prolongados es un seguro que provee los recursos necesarios para atender la custodia y necesidades del diario vivir, cuando el asegurado se encuentra en condiciones de incapacidad o dependencia.
¿Cómo funciona?
•Período de espera
Es el número de días en los cuales usted pagará por sus propios cuidados ANTES de que los beneficios de la póliza entren en vigor.
•Beneficio diario
Es la suma de dinero diaria que usted o la persona designada recibirá para el pago de su custodia y cuidado.
•Período de beneficio
Es el tiempo durante el cual la compañía pagará los beneficios.
¿Cómo se determina la incapacidad? Usted calificará para obtener beneficios por incapacidad a partir del momento en que necesite ayuda para realizar 2 de las 6 actividades del diario vivir o demuestre síntomas de padecer una enfermedad o desorden de tipo cognoscitivo.
¿Cuáles son las actividades del diario vivir?
· Bañarse
· Vestirse
· Alimentarse
· Ir al Baño
· Continencia
· Movilizarse